Marco legal

NORMOGRAMA

El Normograma está compuesto en el mismo orden, por la Constitución Política Colombiana de 1991, la Normatividad Nacional que incorpora al ordenamiento Jurídico Colombiano los tratados y convenios internacionales sobre la Familia y sus integrantes, las Leyes que regulan a la Familia y sus integrantes, y las Ordenanzas del Departamento de Santander concernientes a la Familia y sus integrantes individualmente considerados. Así mismo se citan las Jurisprudencias más relevantes y pertinentes para cada caso en concreto. 


CLASE DE NORMA
NÚMERO, AÑO Y/O ARTÍCULO

CONTENIDO

JURISPRUDENCIA
Constitución Política de Colombia

Art. 5
El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.
Sentencia No. T-015 de 1995.  Sentencia T-199 de 1996.
Constitución Política de Colombia

Art. 13
Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.
El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.
El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.
Sentencia C-892 de 2012.

Sentencia C-029 de 2009.


Constitución Política de Colombia
Art. 15
Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su  buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.
En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. 
La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley.
Sentencia SU-476 de 1997.


Sentencia T-622 de 1995.

Constitución Política de Colombia
Art. 28
Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley.
Sentencia C-041 de 1994.

Sentencia C-256 de 2008.







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